Derecho al debido proceso dentro de un operativo de Policía Nacional
Rright to due process within a National Police operation
DOI:
https://doi.org/10.56712/latam.v5i4.2275Palabras clave:
legítima defensa, protección, criterios, agresiónResumen
El presente trabajo investigativo tiene por objeto analizar si los miembros de la Policía Nacional se realiza el debido proceso en los operativos policiales, la implicación que tiene la legítima defensa y por ende la actitud defensiva ante la acometida ilegítima, en el ordenamiento jurídico ecuatoriano, está justificada únicamente si existiera provocación suficiente, en el cual hay una necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla. Justamente, por la frecuencia y la trascendencia práctica, se aborda analizándose lo que sucede en la práctica, conjuntamente con lo que establece la normativa, para lo cual se realiza un previo repaso de la ideología nacional sobre este tema en la que existen sentencias emitidas por nuestros propios Tribunales de Justicia que distinguen evidentemente dos criterios de apreciación o valoración de la necesidad racional. De esta forma, resulta que la legítima custodia, estructuralmente, muestra un doble orden de prioridad. En el primer caso existe protección; en el segundo, una custodia legítima. La soberanía de la legítima custodia está dedicada exclusivamente a su carácter primordial ante otros recursos de que se logre manipular o dicho en otras palabras son agresivos o lesivos a los derechos de quienes la reciben, más no como un medio que garantice la protección, problema que ensambla dentro de la necesidad o racionalidad, donde, como observaremos en breve, rige el inicio de la subsidiariedad, en el sentido de que se debe utilizar el medio menos drástico para repeler la acometida.
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