MIME-Version: 1.0 Content-Type: multipart/related; boundary="----=_NextPart_01DB88F4.55490C50" Este documento es una página web de un solo archivo, también conocido como "archivo de almacenamiento web". Si está viendo este mensaje, su explorador o editor no admite archivos de almacenamiento web. Descargue un explorador que admita este tipo de archivos. ------=_NextPart_01DB88F4.55490C50 Content-Location: file:///C:/AB2CA1AF/0203_ErazoMogrovejo.htm Content-Transfer-Encoding: quoted-printable Content-Type: text/html; charset="us-ascii"
DOI: https://doi.org/10.56712/latam.v6i1.3515
Responsabilidad del estado ecuatoriano en casos de violaciones a l=
os
derechos humanos
Responsibilit=
y of
the ecuadorian state in cases of human rights
violations
José Daniel Erazo Mogrovejo
https://orcid.org/0009-0008-2066-5698
Uni=
versidad
Internacional del Ecuador – UIDE
Loja –
Ecuador
Luis Mauricio Maldonado Ruiz
https://orcid.org/0000-0002-0956-7869
Uni=
versidad
Internacional del Ecuador – UIDE
Loja –
Ecuador
Artículo=
recibido:
13 de febrero de 2025. Aceptado para publicación: 25 de febrero de 2=
025.
Conflictos de
Interés: Ninguno que declarar.
Resumen
El
estudio de los derechos humanos es un tema esencial para entender la
protección de los mismos; Es así que, la Responsabilidad del
Estado ecuatoriano en casos de vulneración a los derechos humanos,
destaca principalmente las vulneraciones a los mismos derechos de los cuale=
s se
ha logrado evidenciar una falta de respuesta grave por parte del Estado, en casos tales como los de
Talía G., Paola Guzmán Albarracín, Huacón
Baidal y Gustavo Hidalgo; Por cuanto, al sucede=
r esto
se ha visto la obligación de incurrir a instancias superiores como l=
o es
la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Esta
investigación de enfoque cualitativo, bajo el tipo descriptivo,
centrándose en la recopilación y análisis documental de
casos específicos y resoluciones de la Corte IDH. Los resultados
presentados por el autor embarcan las violaciones estatales que se
evidenciaron; Los cuales, como consecuencia por omisiones y acciones por pa=
rte
del Estado derivaron en violaciones a los derechos como es a la vida,
integridad personal, educación y dignidad. Por lo tanto, se concluye
que, si bien es cierto que ha existido un avance normativo por parte del Es=
tado
ecuatoriano aún persisten las deficiencias estructurales en la
protección a la protección de los Derechos Humanos, en donde =
es
importante recalcar la necesidad de un compromiso estatal más fuerte
para de esta manera poder garantizar la protección de los mismos.
Palabras clave: derechos humanos, Ecuador, responsabili=
dad
estatal, corte IDH
Abstract
The study of human rights is a crucial topic so as to understand the=
ir
protection. In this context, the responsibility of the Ecuadorian State in
cases of human rights violations mainly portrays the violations to such rig=
hts;
that is, a serious lack of response by the State has been evidenced in cases
such as those of Talía G., Paola Guzm&aa=
cute;n
Albarracín, Huac&oa=
cute;n
Baidal, and Gustavo Hidalgo. On account of this=
, it
has been necessary to appeal to higher instances, such as the Inter-American
Court of Human Rights (IACHR Court). This research has a qualitative approa=
ch,
within the descriptive type, focusing on the collection and documentary
analysis of specific cases and resolutions of the IACHR Court. The results
presented by the author are concerned with state violations that have taken
place, which, owing to omissions and actions by the State, derived in
violations to rights such as life, personal integrity, education, and digni=
ty.
Accordingly, it is concluded that, although it is true that there has been
normative progress by the Ecuadorian State, there is still structural short=
fall
in the protection of human rights. Hence, it is important to emphasize the =
need
for a stronger state commitment in order to guarantee the protection of hum=
an
rights.
Keywords: human rights,
Ecuador, state responsibility, IACHR court
Todo el contenido de LATAM
Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, publicado en es=
te
sitio está disponibles bajo Licencia Creative Commons.<=
/span>
Cómo citar: Erazo Mogrove=
jo,
J. D., & Maldonado Ruiz, L. M. (2025). Responsabilidad del estado
ecuatoriano en casos de violaciones a los derechos humanos. LATAM Revista Latinoamericana de Cienc=
ias
Sociales y Humanidades 6 (1), 2544 – 2555. https://doi.org/10.56712/<=
span
class=3DSpellE>latam.v6i1.3515
INTRODUCCIÓN
En relación al tema de los Derechos Hum=
anos
es importante conocer que constituyen un conjunto de todos los principios
fundamentales que logran garantizar la dignidad, libertad e igualdad de tod=
as
las personas sin ningún tipo de discriminación o
distinción, ya sea por etnia, ideología, cultura,
religión, etc. En donde estos Derechos son esenciales o necesarios p=
ara
la naturaleza humana los cuales han sido creados como respuesta a los
diferentes abusos de poder que han existido a nivel histórico dentro=
del
Estado, en donde principalmente se habla acerca de la discriminación,
opresión. Es así que, en base a este contexto el reconocimien=
to
de los Derechos Humanos a nivel Internacional ha logrado ser fundamental pa=
ra
de esta manera poder consolidar un pilar fundamental en la protecció=
n de
los ciudadanos en base a la creación de diversos sistemas
democráticos.
Dentro de la Constitución del Ecuador de
2008 se ha evidenciado un avance significativo en base a las garantí=
as
de cada Derecho, donde se incorpora un enfoque integral el cual no solo log=
ra
reconocer cada derecho de manera individual sino, logra reconocerlos de man=
era
colectiva, en donde se logra evidenciar los Derecho de la naturaleza. A pes=
ar
de esto, y del avance significativo del marco normativo que el Ecuador ha
logrado tener, aún persisten las vulneraciones de los Derechos
fundamentales establecidos dentro de la Constitución, los cuales se =
han
logrado evidenciar por parte del análisis que ha dado que se ha dado=
por
parte de organismos internacionales como lo es la Corte Interamericana de D=
erechos
humanos (Corte IDH).
La relevancia de este estudio radica
principalmente en la necesidad de evaluar la responsabilidad del Estado
ecuatoriano en violaciones a los Derechos Humanos, en donde se
identificará las principales problemáticas que no han sido
resueltas por parte del Estado y se ha visto la necesidad de la
intervención de instancias internacionales.
Es de suma importancia mencionar que
(Pérez, 2020) todas las personas que han sido víctimas de
violaciones de derechos humanos, se evidencian como la columna vertebral de=
ntro
de cualquier sistema de protección; puesto que, de esta manera se lo=
gra
evidenciar las necesidades que se deben contemplar dentro del mismo,
principalmente focalizado en el acceso de la justicia, en donde se evidenci=
a un
recurso judicial efectiva.
Los Derechos Humanos no se debe conocer como a=
lgo
inmóvil ni definitiva, sino que más que tomarlo como una
categoría general, se refiere a una lucha rigurosa por la lucha de la
dignidad de personas y de todos los grupos en su momento, puesto que, toman=
do
en cuenta desde este punto ha surgido una lucha en contra de la
subordinación cultural, económica y social, tomando en cuenta
principalmente el irrespeto a sus derechos y la dignidad de lo que se conoce
como comunidad vulnerable (Monge, 2022).
El Estado ecuatoriano ha tenido un avance significativo dentro del marco normativo acerca del respeto y protecci&oacu= te;n a los Derechos Fundamentales, esto en relación a la Constituci&oacut= e;n del 2008 la cual es fundamental al garantizar la protección de los Derechos de cada ciudadano, pero a pesar de esto se evidencia los problemas persistentes acerca de los diferentes casos de violaciones a los Derechos Humanos, tales como los casos de Talía G., Paola Guzmán Albar= racín, Gustavo Washington, entre otros; En donde, se han logrado evidenciar las fallas, omisiones y faltas de medidas de protección por parte del Estado, es aquí, que a falta de una respuesta Estatal, los ciudadanos que se han visto afectados por la ineficaz respuesta Estatal, han optado por acudir a instancias superiores a nivel internacional, en donde la Corte IDH= ha tenido un papel fundamental en la reparación de estas violaciones. <= o:p>
Para garantizar un acercamiento objetivo de la
problemática a estudiar, es importante tener en cuenta que para el
presente estudio se toma en cuenta el análisis de los conceptos acer=
ca
de los Derechos Humanos, especificando quienes son acreedores a esos mismo =
o se
encuentran sujetos a los mismos, en donde se investigara acerca de los casos
que existen de vulneraciones de los mismos; Además, se identifica
principalmente la responsabilidad del Estado ecuatoriano que han existido a=
nte
las vulneraciones de los Derechos Fundamentales de cada persona; Por
último, se identificará las deficiencias que existen en el
sistema de justicia nacional en relación a la reparación efec=
tiva
de las víctimas y por qué la intervención de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos. Dando de esta manera el análisis
acerca de la responsabilidad del Estado ecuatoriano en casos de violaciones=
a
los derechos humanos.
METODOLOGÍA
La metodología que se aplicó den=
tro
de esta investigación es la metodología cualitativa en donde =
el
enfoque fue descriptivo, ya que, el estudio realizado se basa y centra en el
entendimiento de los problemas éticos y sociales acerca de la
responsabilidad estatal en la protección de los derechos humanos.
Así mismo, los instrumentos utilizados
dentro de esta investigación son de tipo descriptivo, en donde se ti=
ene
que tener en cuenta que este estudio se basa en el acopio de informaci&oacu=
te;n
en donde se demuestra la relación y logra describir el problema que
surge del mundo tal cual sucede. De la misma manera, se toma en cuenta que
dentro de este estudio se pretende el poder identificar los elementos o las
variables dentro de un fenómeno (Martínez Carazo, 2006).
Las técnicas de relección de dat=
os
se basaron principalmente en el estudio de revistas acerca de los derechos
humanos, tomando en cuenta ciertos puntos fundamentales principalmente en q=
ue
se basan, porque son importantes y que tipos de derechos existen; Esto medi=
ante
una guía de jurisprudencia ya sea a nivel nacional o internacional.
Además, el estudio de los diferentes casos de vulneración de
derechos humanos dentro del Estado ecuatoriano, en donde se realiza un
análisis documental basándose en las sentencias o resolucione=
s de
la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
DESARROLLO
Los Derechos Humanos, se basan en un conjunto =
de
derechos, libertades fundamentales inherentes a todas las personas, esto sin
distinción de raza, género, nacionalidad, religión, id=
ioma
o cualquiera condición que se deba de tomar en cuenta. Según =
las
Naciones Unidas (1948), estos mismos son universales, inalienables,
interdependientes e indivisibles, en donde esto se debe aplicar a todas las
personas en cualquier lugar y tiempo, en donde estos no pueden ser vulnerad=
os o
eliminados arbitrariamente, los cuales están relacionados entre
sí de manera en que cada persona pueda disfrutar de la protecci&oacu=
te;n
a sus derechos.
La protección de los derechos humanos se
rige por normas internacionales, teniendo en cuenta que, dentro de la
Declaración Universal de los Derechos Humanos (=
DUDH)
se tipifican en total 30 artículos dentro del marco de la misma, en
donde estás mismas se deben ajustar a las leyes que se tipifiquen de=
ntro
de cada país al momento de realizar el ejercicio de acción
política; Además, esto se suma a los Pactos Internacionales y
Políticos (PIDCP), la Convención
Internacional de Derechos Humanos (CIDH), teniendo en cuenta que, dentro del
Ecuador los Derechos Humanos se encuentran protegidos por la
Constitución de la República del Ecuador o Carta Magna y por =
las
leyes específicas a favor de los mismos.
Para entender de mejor manera, los Derechos de
cada ciudadano tienen una clasificación específica en donde e=
stos
se dividen en Derechos Civiles y Políticos, Derechos Económic=
os,
Sociales y Culturales, Derechos Colectivos; Por otro lado, no se debe olvid=
ar
que estos derechos se los vulnera de alguna manera, por lo cual, es necesar=
io
explicar el cómo se vulneran cada uno:
Dentro de los Derechos Civiles y Políti=
cos,
se vulneran los Derechos a la vida, la libertad, la seguridad, igualdad ant=
e la
ley, acceso a la justicia y a la Participación Política.
Así mismo, en los Derechos
Económicos, Sociales y Culturales, se vulneran el Derecho al Trabajo=
, a
condiciones laborales justas, al acceso a la educación y a la salud =
y a
una vivienda digna y alimentación adecuada.
Por último, hablando acerca de los Dere=
chos
Colectivos, se vulneran los Derechos a un desarrollo sostenible, a un ambie=
nte
sano, limpio y equilibrado y a la autodeterminación de los pueblos. =
Es importante tener en cuenta el punto
número tres, puesto que, (Monge, 2022) los derechos humanos sin los
movimientos colectivos o sociales no se pueden concebir, puesto que, los mi=
smos
plasman los derechos humanos en procesos de lucha por el reconocimiento den=
tro
de sus intereses en general.
Los derechos civiles y políticos
según Cortés (2020) constituyen un pilar fundamental para
garantizar la libertad, igualdad y dignidad de todas las personas. Su
protección se encuentra respaldada por instrumentos legales de
carácter vinculante, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles=
y
Políticos (PIDCP). Dentro de este docume=
nto se
logra establecer obligaciones para los Estados y está supervisado po=
r el
Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en el cual asegur=
a su
cumplimiento efectivo. Estos derechos permiten nuestra participación=
en
la vida pública y política en condiciones de equidad, protegi=
éndonos
de abusos por parte de cualquier actor, ya sea gubernamental, empresarial,
grupal o individual.
Es importante entender que, a partir del momen=
to
de nuestro nacimiento, somos titulares de estos derechos humanos, los cuales
protegen de ciertas acciones o actitudes del cual alguna persona o el Estado
pueda tomar en contra de un ciudadano, teniendo en cuenta derechos
fundamentales los cuales se detallan como:
Derecho =
a la
vida
El derecho a la vida es un derecho primordial,=
el
cual garantiza que todas las personas puedan vivir libres y seguras. Sin
embargo, en varias partes del mundo persisten prácticas como la pena=
de
muerte, la cual contradicen este principio. Se debe tomar en cuenta que, au=
nque
la pena capital sigue vigente en algunos países, los esfuerzos globa=
les
para erradicarla han tenido resultados significativos y que han ayudado a
seguir con la implementación o reforma de leyes para poder abolirla.=
Es
así que, para finales de 2023, un total de 112 países
habían abolido la pena de muerte para todos los delitos, mientras que
144 Estados la habían eliminado en sus legislaciones o prácti=
cas.
Derecho =
a la
libertad frente a la esclavitud y la servidumbre
Otro derecho civil esencial es la
prohibición de la esclavitud y la servidumbre. No obstante, aú=
;n
existen casos en los que este derecho es violado por Estados, empresas y gr=
upos
armados, en donde se logra evidenciar la vulneración de este princip=
io.
Un ejemplo preocupante es el de las trabajadoras domésticas en pa&ia=
cute;ses
como Qatar, quienes enfrentan condiciones de explotación y abuso.
Contexto
ecuatoriano: Lucha por los derechos humanos
En Ecuador, Chiriboga (2018) la defensa de los
derechos humanos tiene una historia marcada por episodios de represió=
;n y
resistencia social en defensa o protección de los derechos de cada
ciudadano. Es así que, antes de la entrada en vigor de la
Constitución la República del Ecuador de 2008,
específicamente cuando se habla acerca de las décadas previas
estuvieron caracterizadas por violaciones graves a los derechos humanos,
especialmente durante los años ochenta. En esta época, el Est=
ado
ecuatoriano implementó medidas rigurosas en donde se evidenciaron
medidas represivas bajo el pretexto de combatir el terrorismo y mantener el
orden interno, en donde estas acciones incluyeron desapariciones forzadas,
detenciones arbitrarias, torturas y ejecuciones extrajudiciales.
Los principales ciudadanos que se vieron afect=
ados
por estas violaciones fueron militantes vinculados a movimientos de izquier=
da,
defensores de derechos humanos y activistas colectivos o sociales. En donde=
, la
falta de una respuesta judicial adecuada frente a estos abusos generó
una demanda persistente de justicia por parte de las víctimas y sus
familiares, los mismos que enfrentaron décadas de impunidad y
violaciones estatales.
En este contexto, en el año 2007 es cua=
ndo
el Estado ecuatoriano comenzó a mostrar interés real en abord=
ar
todo tipo de violaciones que han suscitado a lo largo de la historia. Dentr=
o de
este periodo, se creó la Comisión de la Verdad la cual fue una
institución destinada a investigar los crímenes del pasado y
promover un sistema de justicia óptimo para las víctimas. La
creación de esta comisión representó un cambio importa=
nte
en la agenda del Estado hacia una mayor atención a los derechos huma=
nos
y la justicia social (Chiriboga, 2018).
Este cambio quedó reflejado de manera
significativa en la Constitución de 2008, que marcó un hito e=
n la
historia jurídica y política del país. Esta nueva Carta
Magna no sólo incluyó un enfoque integral de derechos humanos,
sino que también amplió su alcance al incorporar los derechos=
de
la naturaleza, los derechos colectivos y un modelo de desarrollo basado en =
el
buen vivir. De esta manera, se consolidó un marco jurídico que
reconoce y protege los derechos de todas las personas en condiciones de
igualdad y dignidad.
Casos de
vulneración de derechos humanos por parte del estado ecuatoriano
A lo largo de la historia de la justicia
ecuatoriana, se ha observado un avance significativo dentro de la normativa=
en
la cual se protegen a ciencia cierta los derechos fundamentales de los
ciudadanos, los cuales se encuentran establecidos en la Constitución;
Sin embargo, las vulneraciones que se han evidenciado a lo largo de la hist=
oria
estatal del Ecuador han sido situaciones a analizar, puesto que, han marcad=
o un
punto de partida para el avance normativo, es así que, es necesario
analizar ciertos casos importantes o de mayor controversia tanto para el Es=
tado
y para la Corte IDH.
Caso
González Lluy y otros vs. Ecuador
El caso de Talía G. en el año de
1998 a la edad de tres años, fue infectada con el virus de la
inmunodeficiencia humana o mejor conocida como VIH. Esto a causa de una
transfusión que se dio por parte del banco de sangre de la Cruz Roja
dentro de una clínica privada en la ciudad de Cuenca, provincia del
Azuay, en el cual se destaca principalmente la negligencia estatal dentro de
sus órganos públicos en donde como consecuente se desencadena=
una
discriminación social a las personas vulnerables, en particular a los
menores de edad.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (C=
orte
IDH), condenó al Estado ecuatoriano al no existir una garantí=
a de
los estándares básicos de seguridad en la administració=
;n
de sangre, en no tener una capacidad óptima operacional para analiza=
r la
sangre en casos de emergencia. Así mismo, Talía G., a la edad=
de
cinco años de edad tuvo la oportunidad de acudir a la escuela, pero =
esto
solamente se pudo durante dos meses, hasta que, el director de la misma esc=
uela
le impidió su derecho a la educación a una menor de edad, esto
por el hecho de ser portadora de VIH, en la cual se observa las consecuenci=
as
de un incumplimiento por parte del Estado.
Dentro de este caso la (Corte IDH, 2015) afirm=
o la
vulneración de los derechos a la vida a la integridad personal al no
haber existido una supervisión de los bancos de sangre de donde
surgió la transfusión de la sangre con VIH; derecho a la
educación al ser excluida de su formación escolar por su cond=
ición
de salud; Garantías Jurisdiccionales en donde se evidenció la
falta de respuesta por parte del Estado ecuatoriano ante las irregularidade=
s de
una protección efectiva; Derecho a la no discriminación a lo =
que
Talía y su familia enfrentaron por causa exclusión social.
Caso
Guzmán Albarracín y Otras vs. Ecuador
Dentro de este caso, Paola Guzmán,
sufrió de abuso sexual por parte del vicerrector de su escuela
Bolívar Espín, el cual manipuló de diferentes maneras a
Paola utilizando como excusa su posición de poder dentro de la escue=
la.
Como consecuencia de los abusos sexuales sufridos, Paola Guzmán resu=
lta
embarazada y al momento de acudir donde el vicerrector para comentarle lo
sucedido es en donde, este mismo le menciona que se debe realizar un aborto
dentro del establecimiento educativo; Pero es en este momento que, por parte
del Doctor del establecimiento educativo, Paola es violada por el mismo, en
donde al igual que el vicerrector este se aprovecha de su poder dentro de la
misma.
Luego de todo lo sucedido, Paola al descubrir =
que
estaba embarazada producto del abuso, aunque esto fue desmentido luego en la
autopsia, pero aun así Paola se suicida ingiriendo pastillas
tóxicas conocidas como “diablos” el cual es un fuego
pirotécnico. Esto sucedió el 13 de diciembre del 2002, pero no
fue hasta el 2020 en donde este caso llegó a la Corte IDH, en donde =
se
declaró culpable al Estado ecuatoriano por múltiples violacio=
nes
de derechos humanos.
La Corte IDH determinó que el Estado
ecuatoriano violó Derechos Humanos de Paola Guzmán
enmarcándolos de la siguiente manera: Derecho a la vida, puesto que =
no
se evidenció medidas preventivas y atención adecuada para que=
no
suceda el trágico desenlace; Derecho a la Integridad Personal: Puesto
que, Paola fue víctima de abuso sexual por parte del vicerrector en
contexto de poder y superioridad que el ten&iac=
ute;a;
Derecho a la educación: Puesto que, por la violencia sexual sufrida =
por
parte del vicerrector Paola no pudo tener un desarrollo pleno y terminar su
educación; Derecho a la dignidad: Ya que, al sufrir violación
sexual este vulnero su derecho a ser tratada con respeto y dignidad.
Caso
La corte interamericana de derechos humanos
homologó un acuerdo de solución amistosa entre los entre el
estado ecuatoriano y las víctimas por las violaciones cometidas en el
caso de Walter huacón y Mercedes Salazar,
quiénes fueron ejecutados extrajudicialmente por miembros de la
comisión de tránsito y la policía Nacional el 31 de ma=
rzo
de 1997.
Dentro de este caso se refiere a que la pareja=
fue
perseguida por conducir sin documentos y a regresar a su hogar para buscarl=
os
fueron agredidos y ejecutados injustificadamente en donde Walter huacón fue herido de muerte y posteriormente
recibió un disparo en el mentón; por otro lado, Mercedes Sala=
zar
fue atacada dentro del vehículo con varios disparos.
La Corte IDH (2022) menciona que el Estado vul=
nero
el derecho a la vida tal como lo menciona el artículo 4 de la
convención americana sobre derechos humanos esto no se respetó=
; al
momento de que se cometieron las ejecuciones extrajudiciales. Además=
, el
Derecho a la integridad personal según el artículo 5 del de la
convención americana sobre derechos humanos al momento de que se dio
sufrimiento físico y psicológico infligido hacia las
víctimas. Por último, el Derecho de las garantías
judiciales y protección judicial esto enumerado en el artícul=
o 8
y 25 de la comisión americana sobre derechos humanos por la falta de
diligencia en las investigaciones impunidad de los responsables sin
incompetencia material de las autoridades.
Así mismo, la Corte IDH reconoció=
; el
acuerdo como válido en donde se verificó que, el Estado
ecuatoriano asumió toda la responsabilidad por los hechos incluyendo=
las
medidas de reparación integral y compromisos para evitar la
repetición de este tipo de violaciones. Además, aceptó
como parte lesionada el señor William huac&oacu=
te;n,
quien también será beneficiado con medidas de reparació=
;n.
Por último, la corte interamericana de
derechos humanos supervisará la implementación del acuerdo
incluyendo la realización de actos de disculpa pública trasla=
dos
de los restos de la víctima acceso a educación para los
familiares y la publicación de la sentencia y el
acuerdo correspondiente.
Caso Hid=
algo
y otros VS. Ecuador
Como antecedente de este caso podemos observar=
que
el 8 de diciembre de 1992, Gustavo Washington Hidalgo, un comerciante de 39
años de edad, fue detenido en Tosagua, Ecuador, mientras este mismo =
se
encontraba en estado etílico o en estado de ebriedad. Durante de su
detención, fue golpeado y trasladado por policías a ret&eacut=
e;n
policial en donde dentro del calabozo, continuaron los abusos físico=
s en
donde resultó su muerte esa misma noche. Al momento de realizar la
pericia médica el informe médico informó que su deceso
resultó por un "traumatismo cerrado de abdomen" el cual
ocasionó hemorragia interna y así mismo un shock
hipovolémico.
Es aquí que se pudo observar que las
autoridades ecuatorianas iniciaron una investigación de manera inmed=
iata
después de la muerte del señor Hidalgo, pero el proceso que se
llevó a cabo fue totalmente negligente. Se debe recalcar que existie=
ron
largos periodos de inacción, falta de vida de diligencias, y finalme=
nte
el caso fue declarado prescrito en 2002 en donde se dejó impune la
ejecución extrajudicial que se llevó a cabo por parte de la p=
olicía
Nacional
Dentro de este caso lo que se puede observar es
que el estado ecuatoriano vulnera los derechos de Gustavo Washington Hidalgo
debido a su detención arbitraria en donde se puede observar
también torturan y así mismo la ejecución extrajudicial
mientras este mismo estaba bajo custodia policial punto así mismo co=
ma
se incumplió la obligación de investigar todos los hechos de =
una
manera diligente dentro de un un plazo razonable por parte del estado donde=
se
vieron afectados familiares los cuales sufrieron la falta de verdad y justi=
cia
que no pudieron propiciar el estado ecuatoriano. Este caso constituye una
violación de los derechos de la vida, integridad personal,
garantías judiciales y protección judicial coma todo esto seg=
ún
lo menciona o lo que se estipula dentro de la convención americana s=
obre
los derechos humanos.
Ahora la corte interamericana de derechos huma=
nos
intervino ya que el estado ecuatoriano incumplió con las recomendaci=
ones
de la comisión interamericana de derechos humanos esto por má=
s de
22 años desde la presentación del caso punto en donde la corte
interamericana de derechos humanos concluyó en que el estado ecuator=
iano
era responsable de violaciones graves y persistentes de derechos humanos y
emite el caso a la corte para garantizar justicia y reparación a las
víctimas.
Dentro de este caso es importante subrayar que=
la
Corte IDH reconoce que el estado vulneró los derechos a la vida y la
integridad personal de Washington Hidalgo sometiéndolo a tortura y
causando su respectiva muerte. Asimismo, reconoce que los familiares fueron
afectados especialmente los derechos de la niñez ya que dentro de es=
te
caso se vieron afectados sus hijos menores de edad, los cuales se enfrentar=
on
consecuencias significativas dentro de su desarrollo y bienestar emocional,=
por
la angustia y sufrimiento generadas por la falta de justicia.
Por último, también la corte
reconoce que el reconocimiento de responsabilidad por parte del Estado
ecuatoriano, aunque trató o fue positivo, no mitiga la gravedad de l=
as
lesiones o violaciones cometidas por parte del mismo.
Responsa=
bilidad
del estado ecuatoriano dentro de cada caso
En todos los casos, la responsabilidad del Est=
ado
ecuatoriano surge por la omisión o acción directa en la
vulneración de derechos que se encuentran protegidos por la
Convención Americana sobre Derechos Humanos (CA=
DH),
en donde, además se han encontrado al Estado responsable de las
vulneraciones mediante sentencia de la Corte IDH:
Caso
Talía G vs. Ecuador: El Estado ecuatoriano es responsable de la vulneración de la
misma puesto que, no cumplió con la obligación de poder
garantizar estándares de seguridad en bancos de sangre dentro de la =
cruz
roja ecuatoriana, además de evidenciarse la falla de una
supervisión y análisis adecuado de la misma. Estas omisiones
llevaron a la vulneración de los derechos a la vida, integridad,
educación y no discriminación.
Caso
Guzmán Albarracín vs. Ecuador: El Estado ecuatoriano permitió el
abuso sexual de una menor de edad al momento de no lograr establecer medidas
preventivas dentro de la institución educativa, en donde, de la misma
manera no generó un cumplimiento de sanci&oacut=
e;nes
a los responsables. La falta de protección resultó en violaci=
ones
graves a la vida, integridad personal, educación y dignidad.
Caso
Caso Hid=
algo
y otros vs. Ecuador: El Estado, a través de sus agentes, sometió a tortura=
y
causó la muerte de Gustavo Hidalgo. Además, en años
posteriores se pudo observar la negligencia dentro de las investigaciones y=
de
justicia, puesto que, se reflejó una falta de compromiso con la
garantía de justicia y la reparación de derechos. Es as&iacut=
e;
que, dentro de este caso se observan violaciones contra la vida, integridad
personal, seguridad jurídica y derecho a la defensa.
Interven=
ción
de la corte IDH
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (C=
orte
IDH) intervino en todos los casos mencionados debido a la omisión o
acción y responsabilidad del Estado ecuatoriano en la violació=
;n
de derechos humanos consagrados en la Convención Americana sobre
Derechos Humanos, en donde la Corte IDH toma un papel muy importante al
mencionar cual es la responsabilidad y como debe actuar el mismo Estado:
Caso
Talía G. vs Ecuador: Se declara al Estado ecuatoriano como responsable por negligencia e=
n el
control de los bancos de sangre, lo cual, como consecuencia, resultó=
en
la transmisión del virus de inmunodeficiencia humana (VIH) a una
niña de 3 años. Así mismo, la Corte IDH logra evidenci=
ar
la discriminación y exclusión escolar que existió a pa=
rtir
del contagio de la menor de edad. Es por esto que, la Corte condenó =
al
Estado ecuatoriano por la violación de los derechos a la vida, integ=
ridad,
educación y no discriminación, ordenando medidas de
reparación y prevención.
Caso
Guzmán Albarracín vs. Ecuador: La Corte concluyó que el Estado
ecuatoriano no protegió a Paola Guzmán de los abusos sexuales
cometidos en su escuela ni garantizó justicia tras su suicidio. Se
vulneraron los derechos a la vida, integridad, dignidad y educación.=
Se
ordenaron reformas educativas de manera urgente y medidas de reparaci&oacut=
e;n
integral.
Caso
Caso Hid=
algo
y otros vs Ecuador: Gustavo Hidalgo fue detenido arbitrariamente, torturado y ejecutado=
por
la policía. La investigación fue negligente y quedó en
impunidad por más de 22 años. La Corte ordenó reparaci=
ones
y medidas para evitar torturas y ejecuciones extrajudiciales.
Semejanz=
as
entre los casos
Es importante tomar en cuenta que los contexto=
s de
cada uno de los casos pueden varían, pero al mismo tiempo existen
ciertas similitudes importantes acerca de la vulneración a los derec=
hos
humanos, las cuales se deben señalar y explicar el porqué, de
esta manera se detallan los puntos más importantes a considerar dent=
ro
de los casos mencionados:
Violacio=
nes
sistemáticas de derechos humanos: En todos los casos se vulneraron derech=
os
fundamentales los cuales se encuentran tipificados en la Constitución
del Ecuador y dentro de la Declaración Universal de los Derechos Hum=
anos
como la vida, la integridad personal, la educación, la dignidad y las
garantías judiciales.
Falta de
diligencia del Estado y víctimas: Se evidencia la negligencia evidente que
resulta recurrente en lo que es prevenir, investigar, sancionar y reparar
violaciones que se han dado estatalmente. Así mismo, en su
mayoría, las víctimas son ciudadanos menores de edad, mujeres=
, o
personas en situaciones de desventaja frente al poder del Estado.
Interven=
ción
por omisión o acción estatal: La responsabilidad estatal deriva tant=
o de
acciones directas como lo es el abuso de autoridad realizado por parte de
agentes del Estado en los casos de detenciones arbitrarias, ejecuciones
extrajudiciales y violaciones al derecho a la vida; como de omisiones se
refiere a la negligencia por parte de los organismos estatales al momento d=
e no
realizar una respectiva supervisión, falta de prevención y ac=
ceso
a la justicia.
Reparaci=
ón
integral y compromisos: La Corte IDH dentro de estos casos, toman mucha importancia y
relevancia, puesto que, al momento de que el Estado ecuatoriano ha hecho ca=
so
omiso a una reparación integral de las personas y al no comprometers=
e en
mejorar el sistema de seguridad y justicia, la Corte en sentencia ha dispue=
sto
que no solo se den indemnizaciones a las víctimas, sino tambié=
;n
medidas simbólicas como disculpas públicas, reformas
institucionales y supervisión constante por parte del Estado ecuator=
iano
para de esta manera poder hacer cumplir lo dispuesto.
DISCUSIÓN Y CONCLUSIÓN
Los diferentes hallazgos resaltan un modelo
continuo de violaciones a los derechos humanos dentro del Estado ecuatorian=
o,
en donde las acciones y omisiones del mismo Estado han demostrado la puesta=
en
peligro de la vida y la dignidad humana; teniendo en cuenta que, si realiza=
mos
una comparativa con los casos, se evidencia que a partir de la
Constitución del 2008 se ha afianzado la protección de los
mismos.
Es así que, el análisis de esta
investigación comprende a la responsabilidad del Estado en un marco
jurídico del derecho internacional de los derechos humanos, en donde=
a
nivel práctico y nacional se recalca la necesidad de implementar o r=
eformar
ciertas instituciones las cuales ayuden a elevar el índice de
prevención, sanción y reparación de derechos.
Para investigaciones futuras, una
recomendación es que se podría enfocar en casos concretos en =
que
el Estado ha vulnerado la política pública ecuatoriana, en do=
nde
la Corte IDH ha demostrado mediante sentencia la Responsabilidad del Estado
ecuatoriano.
La Responsabilidad del Estado ecuatoriano en c=
asos
de vulneración de los Derechos Humanos, se basa en los fallos de los
diferentes organismos dentro del sistema de justicia, en el cual se ha visto
reflejado la incapacidad de prevenir y sancionar las violaciones a los dere=
chos
humanos; Por lo cual, al no existir una respuesta clara por parte del Estad=
o,
las víctimas se han visto en la obligación de recurrir a inst=
ancias
superiores a nivel internacional, como los es la Corte Interamericana de
Derechos Humanos (Corte IDH), esto para poder garantizar una justicia y una
reparación integral que el Estado no ha podido brindarles.
La Corte IDH ha jugado un papel fundamental al
demostrar las falencias dentro del sistema de justicia nacional, para
establecer precedentes de responsabilidad estatal y que el Estado en un fut=
uro
aplique las reformas estatales solicitadas por la Corte, para que no vuelva=
n a
existir este tipo de vulneraciones, a partir del fortalecimiento de los
organismos de justicia.
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