LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, octubre, 2024, Volumen V, Número 5 p 1719.
El objetivo de este artículo es explorar la posible vulnerabilidad en los derechos laborales de los
operarios y aprendices del sector artesanal. Se pretende realizar un análisis que incluya la evaluación
de la documentación disponible y casos prácticos en diversas regiones del mundo. Este enfoque busca
identificar los principales desafíos y sugerir medidas que podrían contribuir a mejorar las relaciones
laborales en este sector.
Este estudio busca proporcionar una base sólida para la formulación de políticas y estrategias que
puedan mejorar las condiciones laborales de los operarios y aprendices en el sector artesanal. Al
abordar estas cuestiones, se espera no solo mejorar la calidad de vida de estos trabajadores, sino
también fortalecer y revitalizar un sector importante para la economía y la cultura de diversas regiones
del mundo.
METODOLOGÍA
“El estudio del derecho, por su naturaleza y campo de conocimiento, es esencialmente social y su área
de influencia está en constante evolución y cambio” (Unzaín & Lazarte, 2019). Basado en la idea de que
el ordenamiento se justifica por la superación de las exigencias de la propia sociedad a la que se
destinan, se entiende que el Derecho es dialéctico, ya que se transforma y reforma constantemente.
El trabajo es un elemento indispensable para el ejercicio de una vida decente y una base fundamental
para el disfrute efectivo de los derechos humanos. Según los autores García & Cuevas (2022) la
dignidad implica que todos los ciudadanos sean tratados con igualdad y puedan ejercer sus derechos
fundamentales, los cuales están basados en dicha dignidad. Así, el ejercicio del derecho al trabajo
abarca la libre opción de un puesto de trabajo, desempeñado en régimen de equidad e igualdad, libre
de toda discriminación, con la protección social y una compensación justa.
Para Bayefsky (2019) la importancia de la no discriminación y el derecho a la igualdad en el ámbito
laboral es tan significativa que el régimen que regula las relaciones laborales en el sector artesanal ha
sido criticado por favorecer al maestro de taller en detrimento de sus responsabilidades hacia los
operarios y aprendices. Es evidente que existe un régimen laboral específico para los trabajadores del
sector artesanal, amparado en la Ley para la Defensa del Artesano, que no les exige las mismas
obligaciones que a los empleadores en general. Esta situación priva a los trabajadores de beneficios
sociales y viola sus garantías fundamentales, como el trabajo, la previsión social, la seguridad jurídica,
la equiparación y la no incriminación
El derecho al trabajo, con todos sus componentes y prerrogativas, se ha consolidado a partir de
significativos logros sociales y se ha integrado plenamente en la evolución de los derechos humanos.
Desde la perspectiva del constitucionalismo, ha adquirido una categoría especial al ser tanto un
derecho social como económico que sustenta el proyecto de vida de las personas. Por lo tanto,
garantizar la constitucionalidad de las normativas que regulan el régimen laboral de los operarios de
talleres artesanales permitirá a los trabajadores de este sector ejercer plenamente sus derechos
constitucionales (Organization of America States, 2020).
La Corte Constitucional, en la sentencia No. 093-14-SEP-CC (2015) bajo los antecedentes: El señor
Zenón Estuardo Bajaña García interpuso una acción extraordinaria de protección contra las sentencias
emitidas el 15 de julio de 2011 por la Sala Especializada de lo Civil, Mercantil, Laboral y Materias
Residuales de la Corte Provincial de Justicia de Los Ríos, y el 10 de septiembre de 2010 por el Juzgado
Primero del Trabajo de Los Ríos, dentro del proceso N.º 2009-0252. Estas sentencias desestimaron su
demanda laboral presentada contra los señores Ángel Luis, José Tito, Amelia, Amelio y Alicia Bajaña
Minda, así como otros herederos del señor Ángel Remigio Bajaña Moyano, en la que solicitaba el pago
de una indemnización laboral por los años trabajados en la Hacienda “La Lidia” y por haber sido
despedido de manera intempestiva.